Primera impugnación empresaria contra la reforma laboral: ADIMRA acudió a la Justicia

Primera impugnación empresaria contra la reforma laboral: ADIMRA acudió a la Justicia

La entidad que representa a la industria metalúrgica presentó una acción judicial para cuestionar el límite impuesto a los aportes destinados a las cámaras empresarias. La presentación apunta contra un artículo de la Ley de Modernización Laboral y contra su reglamentación. Otras organizaciones patronales evalúan seguir el mismo camino.

La reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei enfrenta su primera impugnación judicial promovida por una organización empresaria. La Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), contraparte de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) en la negociación colectiva del sector, recurrió a la Justicia laboral para cuestionar las restricciones establecidas sobre los aportes destinados a las cámaras empresarias.

La presentación, informada originalmente por El Destape, solicita una acción declarativa de inconstitucionalidad y una medida cautelar para suspender la aplicación de las disposiciones cuestionadas mientras se resuelve la cuestión de fondo.

El planteo se concentra en el artículo 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, que modificó el artículo 9 de la Ley 14.250 y estableció que los aportes y contribuciones previstos en los convenios colectivos en beneficio de cámaras y asociaciones empresarias no pueden superar el 0,5% de las remuneraciones de los trabajadores.

A esa limitación se suma una disposición incorporada por el Decreto 407/2026, que establece que esos aportes sólo resultan obligatorios para las empresas que se encuentren afiliadas a las respectivas cámaras empresarias. La reglamentación también dispuso criterios para calcular globalmente las distintas contribuciones previstas en los convenios colectivos.

El impacto sobre ADIMRA

El conflicto tiene particular relevancia para ADIMRA debido al esquema de financiamiento previsto históricamente en la actividad metalúrgica. Según la información publicada por El Destape, la entidad recauda a través del convenio colectivo celebrado con la UOM un aporte equivalente al 1% del salario de los trabajadores del sector.

La aplicación del nuevo límite reduciría ese porcentaje a la mitad y, además, restringiría el universo de empresas obligadas a realizar el aporte a aquellas formalmente afiliadas a la cámara.

La controversia sobre este mecanismo no es nueva. En años anteriores, empresas y otras cámaras habían cuestionado que empleadores no afiliados debieran realizar contribuciones a ADIMRA. Uno de los antecedentes involucró a la Asociación de Fábricas de Componentes (AFAC), que llevó el conflicto a la Justicia.

Otras cámaras empresarias también analizan recurrir a la Justicia

El planteo de ADIMRA podría convertirse en el primero de una serie de presentaciones judiciales. De acuerdo con la información publicada por El Destape, la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) también analizan acciones contra las nuevas restricciones.

El malestar empresarial se había hecho visible incluso antes de la presentación judicial. Durante el debate de la reforma laboral, ADIMRA, CAC y CAME habían solicitado que se eliminara del proyecto el capítulo referido a los aportes destinados al financiamiento de las organizaciones empresarias.

La situación también generó cuestionamientos dentro de la Unión Industrial Argentina (UIA). Según lo publicado por El Destape, su asesor laboral Juan José Etala planteó ante la conducción de la entidad que la reforma, que originalmente era considerada favorable para el sector empresario, terminó generando dificultades en la negociación con los sindicatos.

En paralelo, la reglamentación provocó cambios en el esquema de relaciones entre cámaras empresarias y organizaciones sindicales, particularmente en materia de financiamiento y negociación colectiva.

El Gobierno modificó el esquema para los aportes sindicales

El Gobierno también introdujo modificaciones posteriores a la reglamentación original. El Decreto 612/2026, publicado el 20 de julio, estableció que determinadas contribuciones y aportes patronales acordados en convenios colectivos a favor de organizaciones sindicales no quedan alcanzados por el límite del segundo párrafo del artículo 9 de la Ley 14.250, sino que se rigen por la Ley de Asociaciones Sindicales.

De esta manera, mientras las cámaras empresarias quedaron sujetas al límite del 0,5% y a la condición de que las empresas estén afiliadas para que el aporte sea obligatorio, el esquema aplicable a determinadas contribuciones destinadas a organizaciones sindicales fue modificado posteriormente.

La presentación de ADIMRA abre así un nuevo frente judicial para la reforma laboral del Gobierno. La iniciativa, que fue presentada políticamente como una herramienta destinada a favorecer la actividad empresaria y modificar las reglas del mercado de trabajo, comienza a enfrentar cuestionamientos provenientes de uno de los sectores que originalmente aparecía entre sus principales beneficiarios.

Comentá la nota