Vidal insiste con el veto: ahora puso en jaque a los trabajadores nucleados en SOSBA

Vidal insiste con el veto: ahora puso en jaque a los trabajadores nucleados en SOSBA

La gobernadora frenó una ley que protegía a los trabajadores del sector. Sostienen que la medida “resulta ser inconveniente a los fines y objetivos del acuerdo marco”, que permitió el cambio de concesiones en la prestación de servicios de agua y cloacas en varios distritos del Conurbano bonaerense.

A fines de diciembre la Legislatura bonaerense avanzó de forma unánime con las modificaciones a la ley nº14830, que garantizaban la continuidad laboral y pertenencia sindical de cientos de trabajadores sanitaristas ante el cambio de concesión en la prestación del servicios de agua y cloacas en ochos distritos del Conurbano. Sin embargo, la gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal, volvió a utilizar firma y selló para vetar los cambios que beneficiaban a un amplio sector de trabajadores.

El proyecto de ley, que logró aprobación definitiva el pasado 21 de diciembre, establecía que el nuevo empleador garantizaba la estabilidad laboral de la planta de personal afectada por las modificaciones en la concesión y su pertenencia sindical al momento de la transferencia, como así también respetar o mejorar los convenios colectivos de trabajo. Se trata de los empleados que venían prestando servicios en Aguas Bonaerenses S.A (ABSA) y que por la ley nº 14830, varias localidades del conurbano bonaerense cambiaron de concesión en la prestación del servicio de agua y cloacas, pasando a la empresa Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. (AYSA).

Sin embargo, cuando los trabajadores estaban a la espera de la promulgación de la norma, la gobernadora María Eugenia Vidal la vetó.

Según se detalla en el decreto 13 de la jefatura de Gabinete de Ministros publicado este lunes en el Boletín Oficial “el ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en el ámbito de su competencia, ha solicitado la observación de la medida atento que resulta ser inconveniente a los fines y objetivos del acuerdo marco oportunamente celebrado”, en referencia a la transferencia de empresas firmada en abril de 2016 y que incluyó a los distritos de José C. Paz, Moreno, Merlo, Malvinas Argentinas, Florencio Varela, San Miguel, Presidente Perón y Escobar.

En esa línea, el texto resalta que “es pertinente mencionar que la Legislatura provincial carece de atribuciones constitucionales para practicar unilateralmente modificaciones a un acuerdo con la Nación. Por lo que la Legislatura sólo puede manifestarse a favor o en contra, conforme el artículo 103 de la Constitución Provincial”. Y aclara que “lo expresado, en modo alguno significa desconocer las competencias constitucionales de la Legislatura para regular la materia, puesto que en el caso en particular, sus atribuciones quedan delimitadas a la aprobación o rechazo”.

Asimismo, se indica que el ministerio de Trabajo se expidió sobre el tema "explicando que es competencia originaria del ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación garantizar la libertad sindical prevista en la ley 23.551".

Sobre el final agrega que “la normativa en estudio establece disposiciones que colisionan con la citada Ley Nacional, conforme lo previsto en el artículo 31 de la Carta Magna, respecto a la jerarquía normativa por lo cual la legislación provincial no puede contrarrestar lo establecido por una ley nacional".

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