¿Qué derechos garantiza la Ley de Empleo Público con la que Milei quiere arrasar para despedir miles de estatales?

¿Qué derechos garantiza la Ley de Empleo Público con la que Milei quiere arrasar para despedir miles de estatales?

Se trata de la Ley Marco 25.164 de Regulación del Empleo Público. Establece una serie de derechos y garantías que limitan la discrecionalidad del Estado empleador y protegen a las y los trabajadores estatales ante los cambios de gestión. Además los dota de estabilidad laboral. La Ley Ómnibus incluye su desguace.

 

La Ley Ómnibus denominada «Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos», que presentó Javier Milei ante el Congreso para ser tratada en sesiones extraordinarias, se plantea el desguace de la estabilidad laboral de los estatales.

En el borrador que ya está en manos de los legisladores, los artículos 603 al 617 presentan una serie de reformas estructurales a la Ley de Empleo Público y a la Ley Abdala de Negociación Colectiva en la Administración Pública Nacional. Se trata de las normativas que garantizan los derechos colectivos de los empleados públicos.

¿Qué derechos garantiza hasta ahora la Ley de Empleo Público?

En su capítulo IV, sobre Derechos, la Ley Marco 25.164 de Regulación del Empleo Público establece una serie de derechos y garantías que no pueden ser recortados en el marco de las negociaciones colectivas, aunque sí pueden ser ampliados. Es decir, ni el Estado empleador ni los representantes sindicales pueden usar estos derechos como moneda de cambio en un acuerdo de partes sin quedar en la ilegalidad.

Esto incluye, para las y los trabajadores estatales, el derecho a la estabilidad laboral, a una retribución justa, con los adicionales que correspondan, a igualdad de oportunidades en la carrera y a tener capacitación permanente.

El capítulo contempla otros derechos laborales referidos a la libertad de afiliación sindical y negociación colectivalicencias, justificaciones y franquicias, compensaciones, indemnizaciones y subsidiosasistencia social para sí y su familia, interposición de recursos, derecho a jubilación o retiro, renuncia, higiene y seguridad en el trabajo.

Por último, se menciona el derecho a la participación, por intermedio de las organizaciones sindicales, en los procedimientos de calificaciones y disciplinarios de conformidad con que se establezca en el Convenio Colectivo Trabajo.

Ahora bien, el punto de la estabilidad laboral es relevante en tanto se prevén despidos de personal estatal. Según la ley marco, el «personal comprendido en régimen de estabilidad tendrá derecho a conservar el empleo, el nivel y grado de la carrera alcanzado. La estabilidad en la función, será materia de regulación convencional».

En el artículo 17 se establece que la adquisición de la estabilidad en el empleo se produce pasado un período de prueba de 12 meses en que se corrobore una «prestación de servicios efectivos, como de la aprobación de las actividades de formación profesional que se establezcan», con la ratificación de autoridad competente, más otros puntos.

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