La desregulación de la seguridad social que lanzó Milei afecta a las obras sociales sindicales

La desregulación de la seguridad social que lanzó Milei afecta a las obras sociales sindicales

El mega decreto incluye modificaciones en la ley que regula el sector, permitiendo la libre elección de los afiliados. Además, libera el precio de las prepagas. Hay alarma por los efectos en las entidades.

El “mega DNU” dado a conocer por el gobierno nacional generó las críticas de los gremios, en especial por la reforma laboral que incorpora, incluyendo una limitación del derecho a huelga y varias modificaciones en las leyes que rigen los convenios colectivos. Además, la propuesta del presidente Javier Milei trae una reforma en la seguridad social, desregulando la normativa que regula obras sociales y prepagas, otra iniciativa que genera alarma entre la dirigencia sindical. En concreto, la normativa establece un nuevo marco regulatorio para la medicina prepaga y modificaciones en la ley de obras sociales.

Una de las iniciativas modifica la ley de Obras Sociales 23.660 y determina que las obras sociales sindicales, estatales, de administración mixta, del personal civil y militar, "funcionarán como entidades de derecho público no estatal, con individualidad jurídica, financiera y administrativa". Sobre la incorporación de las prepagas al sistema de las obras sociales, se explicó que es importante este punto ya que “cada afiliado podrá decidir a que empresa van la totalidad de sus aportes, sin pasar por una obra social”. Hasta el momento, los usuarios de las prepagas derivaban sus aportes a una obra social sindical, que se quedaba con un porcentaje antes de girar los fondos a la prepaga.

El decreto firmado por Milei determinó que deben ser derogados los artículos que permiten “revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones” de las empresas de medicina prepaga. Esto significa que las empresas de la salud privadas no tendrán regulaciones en el valor de sus cuotas. Asimismo, elimina la obligatoriedad de las prepagas de "transferir en caso de quiebra, cierre o cesación de actividades" a sus afiliados a otros prestadores.

Argumentos

El DNU aclara que, frente a la crisis del sistema de salud es imperativo lograr reducciones contundentes en los costos de las prestaciones, lo que en definitiva “redundará en un beneficio directo para la población en general”. Asimismo, el decreto indica que, con el objetivo de aumentar la competitividad del mercado debe reformularse la ley de medicamentos y recetas, migrando a la receta electrónica, a los fines de lograr una mayor agilidad de la industria y minimizar costos.

Otro objetivo, advierte la normativa, es disminuir el costo de los medicamentos, facilitar su uso y acceso, así como para lograr un mejor desarrollo de la actividad farmacéutica. Asimismo, el texto sostiene que para aumentar la competitividad del sistema, se deben liberar las restricciones de precios al sistema de medicina prepaga.

Medicamentos

Por otra parte, se toman medidas en torno a la utilización de medicamentos por su nombre genérico. "Toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración", detalla el documento.

Además, establece que se puede prescribir y dispensar medicamentos a través de recetas electrónicas, firmadas a través de plataformas habilitadas para tal fin, como las de teleasistencia.

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