La Justicia de Mendoza ordenó a ATE que deje cobrar un «aporte solidario» a empleados no afiliados

La Justicia de Mendoza ordenó a ATE que deje cobrar un «aporte solidario» a empleados no afiliados

El gremio estatal no podrá descontar esos aportes hasta que se resuelva una causa iniciada por trabajadores que no pertenecen a la entidad y que rechazan los descuentos compulsivos.

 

La Justicia de la provincia de Mendoza ordenó a la seccional local de ATE «no realizar descuentos por cuota solidaria» hasta que se resuelva el amparo presentado por empleados no afiliados en contra de ese aporte que cobra el gremio por lograr aumentos salariales. La Cuarta Cámara del Trabajo hizo lugar a una medida precautoria en medio del reclamo de estatales que no pertenecen al sindicato y que no están de acuerdo con destinarles parte de su salario cada vez que se firma un acta paritaria.

«Entendemos que resulta procedente la medida cautelar interpuesta», como también «ordenar a la accionada Asociación Trabajadores del Estado (ATE) a abstenerse del cobro de la cuota solidaria hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión planteada», dice la resolución firmada por los jueces Fernando Jaime Nicolau y Marinés Dolores Babugia. El «aporte solidario» se coloca en las actas paritarias y debe ser validado por la Subsecretaría de Trabajo.

Un grupo de empleados públicos que no está afiliado a ATE pidieron la “nulidad” del aporte que el gremio -como otros- cobra por firmar acuerdos paritarios, lo que durante 2022 sucedió en diversas oportunidades entre los sindicalistas y el Gobierno de Mendoza, “afectando la economía” de los agentes. O, en su defecto, solicitaron que se limite el monto de la cuota a la cifra “efectivamente percibida por el trabajador con motivo de la gestión sindical, es decir, sobre el real incremento”.

Detalles del fallo

Según reclamaron, el sindicato les descontó casi lo mismo que a los afiliados, alrededor de 15 mil pesos anuales en algunos casos, en base al sueldo y no al aumento salarial conseguido.

“La contribución solidaria se debió tomar respecto del beneficio real que se desprende de la gestión realizada, y no en relación a todo el salario del agente. Esto afecta a la libertad sindical negativa, es decir, el derecho a no afiliarse a un sindicato”, dijo la Justicia.

Para pedirle a ATE que se abstenga de hacer descuentos hasta que se resuelva la cuestión de fondo, los jueces argumentaron que “se trata de un acto continuado que se ha desarrollado durante varios meses con cada liquidación del haber, y que provoca un daño en la economía, y por tanto, un perjuicio grave a su patrimonio”. Además, indicaron que se presentaron bonos de sueldo pertenecientes a los meses de enero a diciembre del 2021, y de enero a septiembre del 2022.

Roberto Macho, secretario gremial de ATE, comentó que aún no habían sido notificados sobre esta resolución judicial y minimizó el reclamo, al asegurar que la ley estará de su lado a la hora de resolver el amparo.

“Revisaremos el fallo, pero la causa de fondo se va a resolver en base a la ley nacional. Ya lo resolvió hace tiempo la Corte Suprema con otros sindicatos”, señaló. El sindicalista afirmó que los no afiliados no han tenido los mismos descuentos que los afiliados, sino que es “mucho mayor”.

Desafuero

Por otra parte, el gobernador mendocino Rodolfo Suárez publicó un decreto que impone que se retire la tutela sindical a Julio Alberto Vergara, quien se encontraba al frente de la seccional Luján de Cuyo y Uspallata de ATE.

“Instrúyase al Asesor de Gobierno y por su intermedio, a los abogados auxiliares, a iniciar, proseguir y concluir las acciones judiciales a los efectos de excluir de la tutela sindical al agente Julio Alberto Vergara”, dice el decreto firmado por Suarez y publicado en el Boletín Oficial de Mendoza.

Según se desprende de los considerandos del decreto, Vergara fue notificado en 2017 que debía jubilarse. Sin embargo, un año después, fue elegido delegado de ATE y luego congresal del sindicato de trabajadores del Estado que encabeza Roberto Macho.

A partir de contar con esta tutela sindical, el Gobierno no puede avanzar en la jubilación, salvo que la Justicia retire esa protección al empleado público en cuestión.

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