Piumato cruzó a Heller por la iniciativa para que empleados judiciales paguen Ganancias

Piumato cruzó a Heller por la iniciativa para que empleados judiciales paguen Ganancias

El gremio de los judiciales nacionales declaró el estado de alerta y aseguró que la medida impulsada por el diputado nacional es «ridícula».

El secretario general de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN), Julio Piumato, cruzó al diputado nacional por el Frente de Todos, Carlos Heller, por la iniciativa para incorporar al Presupuesto 2023 la exención en el impuesto a las Ganancias para jueces y empleados del Poder Judicial.

«Es absolutamente inaceptable que en plena crisis económica se trate de cargar las tintas sobres los y las trabajadoras como posible variable de ajuste», expresó la conducción del gremio.

En un comunicado, la UEJN criticó el avance del bloque oficialista en la Cámara de Diputados para incorporar en el presupuesto del año 2023 un punto que «obliga a los y las trabajadoras judiciales a pagar un impuesto confiscatorio del salario».

El sindicato que encabeza Piumato se declaró en estado de alerta y apuntó contra el «banquero Heller» como impulsor de «esta ridícula medida, quien supo tener una AFJP para esquilmar a nuestros queridos/as jubilados/as ahora, pretende que el pueblo trabajador soporte los despilfarros económicos que generaron sus amigos especuladores financieros.

«Es hora que la dirigencia política se de cuenta que los trabajadores y trabajadoras somos los/as que podemos sacar a nuestro querido país de la crisis que nos azota desde hace décadas, pero de ninguna manera será con impuestos absurdos, ajuste, tarifazos o inflación», agregó la organización sindical.

La postura del gremio responde a las modificiones al proyecto de Presupuesto 2023 que Heller impulsó en Diputados.

El legislador promueve la eliminación de la exención en el impuesto a las Ganancias para jueces y empleados del Poder Judicial. Si bien rige que los nombrados desde 2017 sí paguen el tributo, se avanzó con una modificación para que estén alcanzados todos “independientemente de la fecha de su nombramiento”.

De esta manera, el nuevo inciso “a” del artículo 82 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, indica que constituyen ganancias de cuarta categoría “las provenientes del desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los poderes Ejecutivos y Legislativos.

En el caso de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación, la totalidad de sus ingresos se incluirán dentro de los ingresos gravados, independientemente de la fecha de su nombramiento, y por rodos los conceptos que integran sus remuneraciones“.

Comentá la nota