Se acordó una suba del 32% en los salarios de los trabajadores rurales, que será nuevamente revisada en junio

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) fijó una nueva remuneración mínima para el personal permanente que se desempeña en empresas agropecuarias.

 

El ajuste por inflación acordado entre las partes dispone un 32% aplicado de forma no acumulativa y en tres tramos: 15% a partir de febrero, 10% a partir de abril y 7% a partir de junio del corriente año.

En ese marco, la resolución 16/2023 de la CNTA dispuso que para el pasado mes de febrero y el presente mes de marzo el salario mínimo del peón general es de 118.003 pesos mensuales, mientras que es de 122.381 para ovejeros, de 126.739 para ordeñadores en tambos, de 130.094 para puesteros, de 143.501 para capataces y de 151.379 para encargados, entre otras categorías.

A partir del mes de abril la remuneración mínima del peón general será de 124.945 pesos mensuales, mientras que se ubicará en 129.582 para ovejeros, en 134.194 para ordeñadores en tambos, en 137.746 para puesteros, en 151.942 para capataces y en 160.283 para encargados.

Por último, en junio y julio se instrumentará el último ajuste para establecer un mínimo para el peón general de 129.804 pesos mensuales, mientras que será de 134.621 para ovejeros, de 139.1413 para ordeñadores en tambos, de 143.103 para puesteros, de 157.851 para capataces y de 166.517 para encargados.

“Al fin pudimos activar la tan ansiada cláusula de revisión salarial. Con este acuerdo esperamos llevarle un poco de tranquilidad a la familia rural e ir recomponiendo su poder adquisitivo tan maltratado por la inflación”, señaló la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre) por medio de un comunicado.

“Fue una negociación complicada debido a la situación que atraviesan muchos productores y establecimientos agropecuarios por la sequía” informó José Voytenco, secretario general de Uatre, luego de la reunión.

La resolución 16/2023 aplica a todo el personal permanente de prestación continúa comprendido en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario Ley N° 26.727 y su decreto reglamentario 301/2013.

Vale recordar que el artículo 38 de la Ley 26.727 de Trabajo Agrario, vigente desde fines de 2011, determina que los trabajadores permanentes deben recibir una bonificación por antigüedad equivalente al 1,0% de la remuneración básica por cada año de servicio cuando el trabajador tenga una antigüedad de hasta 10 años y del 1,5% cuando tenga una antigüedad mayor a 10 años.

Los trabajadores rurales que desarrollan tareas en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego deben recibir un adicional del 20% sobre tas remuneraciones mínimas de cada categoría laboral.

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