La Asociación de Abogados Laboralistas rechaza la presión de la UIA para que se sancione a trabajadores no vacunados

La Asociación de Abogados Laboralistas rechaza la presión de la UIA para que se sancione a trabajadores no vacunados

«Actualmente, en nuestro país, la vacuna del coronavirus tiene carácter optativo», recordaron desde la Asociación de Abogados AAL, y agregaron que propician su ingreso al calendario obligatorio. Sin embargo, en el marco legal vigente «Se trataría de un accionar ilícito, nulo y contrario al orden público laboral vigente», aclararon.

La Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas (AAL) se sumó al repudio que viene cosechando la Unión Industrial Argentina (UIA) desde que abrió el juego a pedir una regulación que les permita no reincorporar personas que no se vacune y dejar de pagarles el salario.

Las razones del rechazo radican en que consideran que la UIA hizo declaraciones públicas «pretendiendo arrogarse facultades sancionatorias respecto a las/os trabajadoras/es que opten por no vacunarse frente al COVID 19.»

Asimismo recordaron que la vacuna contra el coronavirus es optativa «por una decisión gubernamental» y agregaron que «Esta Asociación propicia su inclusión en el calendario obligatorio de vacunación, en el convencimiento de que la misma – junto con el aislamiento físico – constituyen las únicas medidas eficaces, de índole individual y colectiva, de protección frente a los riesgos en la integridad psicofísica y la vida, que implica el contagio del COVID 19.»

«No obstante ello, corresponde aclarar que en el marco legal vigente, los empleadores carecen de todo fundamento normativo para intentar ejercer una represalia sobre quienes deciden, dentro de lo que hoy constituye el ejercicio de un derecho, optar por no vacunarse, por los motivos que fueran.», explicaron.

Invocando a «la buena fe contractual» de la que hablaron desde la UIA, la asociación de letrados remarcó que aún así: «De ninguna manera las patronales podrían imponer ningún tipo de sanción disciplinaria, ni menos aún dejar de abonar el salario, con fundamento en la opción de “no vacunarse”. Se trataría de un accionar ilícito, nulo y contrario al orden público laboral vigente, vertebrado sobre la protección de la persona que trabaja (Art. 14 bis de la Constitución Nacional y tratados internacionales).»

Asimismo, pidieron se impulsen campañas de comunicación masiva con información clara y contundente, que llegue a todos los sectores de la población y medidas sociales «a fin de contrarrestar las poderosas campañas “antivacunas” que han instalado la desconfianza y el temor frente a los supuestos falsos riesgos de la inoculación.»

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