Fuero laboral se anota para definir cuestión de fondo por amparo a DNU

Fuero laboral se anota para definir cuestión de fondo por amparo a DNU

Sólo sería para el capítulo vinculado al trabajo del decreto, en el expediente de CGT. Otorgó 72 horas al informe del Estado y se apura ante la ventana de tiempo que dejó el Contencioso Administrativo Federal. Amparista individual logró cautelar contra prepaga. Inquilinos todavía sin tribunal.

Por Gabriel Morini

Los tribunales empezaron a dar señales de que se disputarán quien tome la delantera para adoptar la primera resolución de fondo respecto a la constitucionalidad del mega DNU firmado por Javier Milei.

La Justicia Nacional del Trabajo –el fuero cuya Cámara de Feria dictó sendas medidas cautelares frenando el capítulo laboral del decreto oficial- cursó vía la jueza de primera instancia Silvia Beatriz Garzini el pedido para que, en 72 horas, y dentro de la feria judicial, el Poder Ejecutivo responda el informe de rigor en el marco del amparo presentado por la CGT. Esto significa que, al término de esta semana, el fuero laboral quede en condiciones (también) de expedirse acerca de la validez del DNU, no ya como una medida interina, sino con el peso de una sentencia acerca de lo que se cuestiona en la demanda.

Esto ocurre mientras, como ya detalló Ámbito, el fuero Contencioso Administrativo Federal estira una definición respecto de si corresponde o no que se tramiten sus demandas como un proceso colectivo, o si deben ir todas por separado, reservando para sí los expedientes de mayor voltaje político. Todo tramita como incidentes por separado pero se enlazan como eslabones para que eventuales decisiones queden soldadas en el ida y vuelta con la Cámara.

Ese guiño espera el juez Enrique Lavié Pico que también tiene en sus manos los informes del Estado Nacional en respuesta al pedido de cautelar y a la cuestión de fondo. Ambos plazos ya se cumplieron en el caso “Rizzo” y en el caso “Observatorio”, que picaron en punta. Actúan como efecto arrastre de la treintena de amparos que se acumulan hasta ahora.

Pero no fue la única novedad de las últimas horas: la jueza federal de San Martín Martina Forns otorgó la primera medida cautelar dirigida contra el aumento de la medicina prepaga avalada por el DNU 70/23, aunque circunscripta a un caso particular (no con alcance general). Forns pateó el tablero que –para la demanda colectiva- había encapsulado la Cámara Federal en lo Civil y Comercial Federal, que no interpretó que la cuestión fuese tan urgente como para habilitar la feria y lo difirió a febrero.

Forns ordenó dejar sin efecto los aumentos a la cuota de salud de la prepaga de la Sociedad Italiana de Beneficencia de Buenos Aires a una mujer de 78 años, que adujo imposibilidad de afrontarlos. No fue la única. Las empresas de medicina empiezan a mirar con temor algo que, hasta ahora, les resultaba favorable: la no habilitación de feria en el Civil y Comercial Federal evitaba una decisión colectiva respecto a los aumentos que comunicaron a sus afiliados, pero no impide un aluvión de demandas individuales decididas por distintos magistrados, con amplia dispersión geográfica.

Extraordinario

El Gobierno corre de atrás, mal. La Procuración del Tesoro que conduce Rodolfo Barra presentó el viernes su intento de recurso extraordinario para que la Cámara del Trabajo eleve la decisión de las cautelares a la Corte Suprema. Pero no acompañó la documental de rigor a las y ayer quedó sin efecto el traslado. Si es subsanable el error formal solo depende de la Cámara y la buena voluntad. Pero la estrategia oficial no se luce. Como ya informó este diario, esa vía puede o no tener éxito. Eso si la Cámara considera que su cautelar es susceptible de revisión.

Por más que la Corte sea la instancia final, Barra podría tener que ir en queja al máximo Tribunal. La Sala de Feria que tendrá que decidir, a partir de ahora, tendrá un cambio de composición: permanece Alejandro Sudera (que lideró el voto sobre la cautelar y defendió la competencia del fuero) pero sus colegas pasarán a ser Víctor Pesino y Carlos Pose, con lo cual el primer interrogante a despejar es si el sentido de sus votos puede modificar lo que ocurrió en la primera quincena de feria o convalidarlo. Por lo pronto, la Cámara Civil rechazó declararse competente en el tramo que desregula alquileres y justificó que se trataba de normas de orden público las que estaban en cuestión y de “naturaleza federal” de “carácter interjurisdiccional” por lo que la devolvió al Contencioso, cuya Cámara deberá definir a quién le corresponde.

Hay un dato que parecen tener presente en el fuero laboral. En el precedente que sentó la Cámara Federal de La Plata en su fallo contra el tarifazo en el gobierno de Mauricio Macri. Allí quedó planteada que la cuestión de la incompetencia de un tribunal tenía como límite que no hubiese una sentencia porque –de insistir con quitarle un expediente- afectaría el principio de cosa juzgada. Si el fuero Laboral dictase una sentencia sobre el fondo de la cuestión, en esa lógica, blindaría su competencia más allá de que lo termine haciendo el Contencioso. Es una carrera contra el tiempo.

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