El Gobierno extendió hasta el 31 de diciembre «la voluntad» del afiliado de mantenerse en la obra social: «Si se hubiera respetado la voluntad de los afiliados, no se habrían dispuesto derivaciones automáticas»

El Gobierno extendió hasta el 31 de diciembre «la voluntad» del afiliado de mantenerse en la obra social: «Si se hubiera respetado la voluntad de los afiliados, no se habrían dispuesto derivaciones automáticas»

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) dictó la Resolución 1608 que reemplaza en su artículo 4 a la Resolución 1/25 que había dado lugar a este procedimiento. Los afiliados tienen hasta fin de año para mantenerse en su obra social. Los gremialistas catalogaron de «mamarracho» la nueva normativa.

Por: Pablo Maradei.

El derrotero del Gobierno de Javier Milei contra los sindicatos y especialmente contra las obras sociales da cuenta de una primera maniobra que fracasó allá por 2024: ocurrió cuando obligan a las Prepagas a inscribirse como obras sociales para que las Prepagas recaudaran los aportes directamente. Este plan cayó como un piano: solo el 1,2% del padrón optó por pasarse. 

«Esto pasó porque el afiliado no es tonto, tenía la mixtura de cobertura entre la obra social y la Prepaga; tenía dos puertas para golpear», describe un dirigente sindical muy ligado al mundo de la salud.  

Como eso no les funcionó, hicieron la inversa: ahora todo el universo pasó de facto a las Prepagas vaciándolas. «Es decir que yo ahora tengo que manifestar que me tengo que quedar en la obra social cuando antes ya había dicho con mi silencio que me quedaba en la obra social», sigue repasando el mismo dirigente. 

Fue así que el 30 de enero de 2025 el mundo sindical se desayunó con la Resolución de la SSS número 1: sacaba lo que se denomina «intermediación» y todo afiliado a una obra social habilitaba, por su silencio, a que los aportes fueran directo a la Prepaga evitando el porcentaje que quedaba para la obra social. 

El plazo vencía el 31 de marzo y ahora, cuatro meses más tarde, lo extienden hasta el 31 de diciembre. 

– ¿Con qué finalidad lanzaron esta Resolución 1608? – preguntó InfoGremiales

– Es un chiste, una tomada de pelo porque es una contradicción de lo que fue la Resolución 1/25 y otra tomada de pelo en lo que hace a las cuestiones del derecho. Un mamarracho jurìdico más sobre lo que ya era irregular.

Amplía: «La norma habilita a los afiliados a ´continuar afiliados a la Obra Social receptora de sus aportes´, cuando en realidad, por aplicación de la Resolución 1/2025, esos afiliados ya fueron sustraídos del padrón y sus aportes derivados a entidades privadas sin su consentimiento. No están “continuando”, están “volviendo”. El uso de ese término no es menor: es una manifestación explícita de que, para la propia Superintendencia, el vínculo jurídico con la Obra Social subsiste, aunque los recursos ya no estén siendo recibidos por ella».

Otro referente sindical que orbita en la administración de la obra social de su gremio comentó a InfoGremiales ante la consulta por la nueva resolución: «El lenguaje de la resolución, que abunda en discurso libertario referido a la “libre elección”, la “voluntad individual”, el “acceso transparente” y la “protección de los derechos del afiliado», resulta no sólo contradictorio, sino insultante. Si de verdad se hubiera respetado la voluntad de los afiliados, no se habrían dispuesto derivaciones automáticas, retroactivas y masivas, sin notificación previa ni expresión alguna por parte de los interesados».

El grupo de obras sociales afectadas por la vieja resolución 1/25 ya diversificaron sus acciones judiciales por lo que el Gobierno emparcha resolución sobre resolución; algo similar a lo que hizo con el DNU 70 y que luego reemplazó por el DNU 340 de Marina Mercante, que no solo fue judicializado y frenado sino que también hizo lo propio el Congreso.

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