SMATA: sube la contribución solidaria al 4% y se actualizan las cuotas sindicales

SMATA: sube la contribución solidaria al 4% y se actualizan las cuotas sindicales

Esta obligación se extenderá hasta mayo de 2027 y alcanza a todos los trabajadores del convenio colectivo de SMATA que no estén afiliados al sindicato.

Desde el 1° de septiembre de 2025 comenzó a regir un nuevo esquema de aportes para los trabajadores comprendidos en el convenio colectivo del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA). La medida, homologada por el Ministerio de Capital Humano, fija un aumento en la contribución solidaria que deberán afrontar los empleados no afiliados al gremio, además de ratificar el incremento previo de la cuota sindical para los afiliados.

Contribución solidaria para no afiliados: 4% hasta 2027

De acuerdo con la Disposición DI-2025-2015, los empleadores deberán retener de los salarios un 4% mensual en concepto de contribución solidaria. Esta obligación se extenderá desde septiembre de 2025 hasta mayo de 2027 y alcanza a todos los trabajadores encuadrados en el convenio colectivo de SMATA que no estén afiliados al sindicato.

Los montos retenidos deberán ser depositados a través de las boletas de pago generadas en la página web de SMATA, utilizando los mismos plazos y modalidades que se aplican actualmente. Según la organización gremial, estos fondos permiten sostener servicios, beneficios y programas de capacitación que alcanzan a la totalidad de los trabajadores del sector automotor.

Desde Errepar explican que "A partir del 1° de septiembre de 2025, la contribución solidaria que se retiene del sueldo mensual pasará a ser del 4%, siendo que antes era el 2%.  Este descuento lo verán reflejado a partir del proximo recibo de haberes" y agregan que "esta medida aplica únicamente para los beneficiarios del convenio colectivo, que son todos los empleados que cobran de acuerdo las escalas y que no están afiliados al SMATA. A los afiliados a SMATA se les retiene el 5%".

Por último, destacaron que los empleadores son agentes de retención y deben aplicar esta normativa.

Cuota sindical para afiliados: aumentos desde julio

En paralelo, la Disposición (DNAS) 12/2025, vigente desde el 1° de julio, dispuso nuevos porcentajes de retención para los trabajadores afiliados:

- Afiliados activos: 5% sobre la remuneración bruta.

- Afiliados adherentes: 3% sobre los ingresos previsionales.

- Afiliados vitalicios: 3% sobre la remuneración bruta.

- Afiliados vitalicios jubilados: 1% sobre los ingresos previsionales.

De esta manera, tanto los trabajadores afiliados como los no afiliados realizan aportes obligatorios, aunque bajo distintos conceptos.

Impacto de las medidas

La combinación de la contribución solidaria del 4% para no afiliados y el incremento de la cuota sindical para afiliados refuerza el caudal de recursos del gremio, en un contexto económico desafiante. El Ministerio de Capital Humano homologó ambos acuerdos, por lo que las empresas del sector automotor actúan como agentes de retención y deben aplicar los descuentos de forma inmediata.

Con este esquema, SMATA busca fortalecer sus finanzas y ampliar la cobertura de servicios sindicales, mientras que para los trabajadores representa un aumento significativo en los aportes obligatorios.

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