Con el objetivo puesto en la defensa de los salarios y los derechos de los trabajadores, Hlebowicz abrochó incrementos salariales para sus representados.
El Sindicato Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros, liderado por Luis Hlebowicz, en los últimos días se reunió con varias de las cámaras empresarias que representas a varios de los sectores que se encuentran dentro de la órbita el gremio para ajustar las recomposiciones de los trabajadores; con el objetivo de que los mismos no pierdan poder adquisitivo frete a los valores inflacionarios que arroja la economía Argentina.
En este marco, el gremio de Pasteleros logró cerrar los acuerdos salariales de los siguientes Convenios Colectivos de Trabajo:
Acuerdo salarial Pizzerías, Pizzerías-Grill, Pizza-Café, Rotiserías y Casas de Empanadas – C.C.T. Nº 24/88

Uno de los nuevos acuerdos salariales sellado por la organización gremial fue con la Asociación de Propietarios de Pizzerias, Casas de Empanadas y Actividades Afines y estableció:
- NOVIEMBRE 2025: se abona una asignación no remunerativa de un 2% para todas las categorías.
- DICIEMBRE 2025: se abona una asignación no remunerativa de un 4,04% para todas las categorías.
- ENERO 2026: se abona una asignación no remunerativa de un 6,12% para todas las categorías.
- FEBRERO 2026: se abona una asignación no remunerativa de un 8,77% para todas las categorías.
- MARZO 2026: se abona un aumento en el salario básico del 8,77% para todas las categorías.
NOTA: Los porcentajes de aumento se calculan sobre salarios básicos de noviembre 2025.
Además, señalaron que las asignaciones no remunerativas durante cada período deberán efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato.
A su vez resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). Los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.
Rama Heladería – CCT Nº 273/96

Otro de los acuerdos alcanzados la conducción de Luis Hlebowicz se dio para la Rama Heladería – CCT Nº 273/96. Donde luego de que las parte llegaran a un entendimiento, quedó suscripto un nuevo acuerdo salarial con la asociación fabricantes artesanales de helados y afines
Los detalles de acuerdo Rama Heladería – CCT Nº 273/96:
- NOVIEMBRE 2025: se abona una asignación no remunerativa de un 2% para todas las categorías.
- DICIEMBRE 2025: se abona una asignación no remunerativa de un 4,04% para todas las categorías.
- ENERO 2026: se abona una asignación no remunerativa de un 6,12% para todas las categorías.
- FEBRERO 2026: se abona una asignación no remunerativa de un 8,77% para todas las categorías.
- MARZO 2026: se abona un aumento en el salario básico del 8,77% para todas las categorías.
- Las asignaciones no remunerativas correspondientes al aumento salarial cuatrimestral Noviembre, Diciembre, Enero y Febrero deberán efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato.
A su vez resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). Los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.
Nota: todos los aumentos se calculan sobre el salario básico del mes de Noviembre 2025.
Fábrica de Discos de Empanadas, Fábrica de Pizza y/o Pre-Pizza y Fábrica de Churros – C.C.T. Nº 24/88,

Por último, el gremio de Pasteleros también firmó un acuerdo salarial para los trabajadores nucleados en la rama de: Fábrica de Discos de Empanadas, Fábrica de Pizza y/o Pre-Pizza y Fábrica de Churros – C.C.T. Nº 24/88, con la Asociación de Propietarios de Pizzerias, Casas de Empanadas y Actividades Afines.
En este marco, desde Pasteleros dieron los detalles del acuerdo que quedó conformado de la siguiente manera:
- NOVIEMBRE 2025: se abona una asignación no remunerativa de un 2% para todas las categorías.
- DICIEMBRE 2025: se abona una asignación no remunerativa de un 4,04% para todas las categorías.
- ENERO 2026: se abona una asignación no remunerativa de un 6,12% para todas las categorías.
- FEBRERO 2026: se abona una asignación no remunerativa de un 8,77% para todas las categorías.
- MARZO 2026: se abona un aumento en el salario básico del 8,77% para todas las categorías.
NOTA: Los porcentajes de aumento se calculan sobre salarios básicos de noviembre 2025.
Las asignaciones no remunerativas durante cada período deberán efectuar los aportes y contribuciones de obra social y convencionales de mutual y sindicato.
Además señalaron que resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). Los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.
Tras varias negociaciones el gremio de Pasteleros que lidera Luis Hlebowicz logró el objetivo de seguir en la defensa de los derechos y los salarios de sus representados, en un contexto político poco favorable para los trabajadores.

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