Polémico: Hipermercados podrán suspender trabajadores por «razones económicas»

Polémico: Hipermercados podrán suspender trabajadores por «razones económicas»

El acuerdo los habilita a suspender trabajadores ante razones de fuerza mayor o disminución de trabajo. Y deberán pagar una prestación no remunerativa.

Un polémico acuerdo establece que, a partir de ahora, los hipermercados podrán suspender a sus trabajadores por razones de fuerza mayor, o falta o disminución de trabajo, con el pago de una prestación no remunerativa.

Así quedó establecido a través de la Resolución 1873/2023 del Ministerio de Trabajo, publicada el último viernes en el Boletín Oficial, oficializando la homologación de las adhesiones al acuerdo marco que favorece a las grandes cadenas de supermercados.

El mismo fue celebrado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), por el sector sindical, y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), por el sector empleador.

Suspender trabajadores, como en la pandemia

Lo que establece es que las empresas adheridas podrán empezar inmediatamente a suspender a sus trabajadores, por los motivos señalados.

Más allá de la posibilidad de suspender trabajadores, se aseguró que los empleos no estarán en riesgo.

Esta decisión se da en el contexto de las negociaciones en curso con las grandes cadenas de supermercados con relación a los acuerdos de precios promovidos por el Gobierno. Es por eso que la regulación podría considerarse como una solicitud formulada por las empresas en el marco de las conversaciones.

Por otra parte, hay que recordar que este acuerdo marco fue homologado por primera vez en 2020, a raíz de la pandemia del Covid-19. 

En ese momento se estableció la posibilidad de que las empresas del sector comercio y servicios puedan suspender a sus trabajadores por razones económicas o productivas, abonando una prestación no remunerativa equivalente al 50% del salario. 

Como actor principal en el tema, la FAECyS debió otorgar su conformidad a la iniciativa, respaldando la propuesta de las empresas. Y, según trascendió, ya son nueve los grandes hipermercados que solicitaron la adhesión al acuerdo marco.

Los detalles del acuerdo

Quienes en efecto decidan suspender a sus trabajadores deberán justificar y demostrar, razones económicas. Y la resolución homologa las adhesiones con los siguientes efectos:

- Las empresas podrán suspender a sus trabajadores por un plazo máximo de 60 días, con el pago de una prestación no remunerativa equivalente al 50% del salario.

- Las suspensiones se mantendrán vigentes mientras subsistan las causas que las originaron.

- Los trabajadores afectados por las suspensiones conservarán su empleo y sus derechos laborales.

La resolución también establece que las adhesiones homologadas serán consideradas como acuerdos marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado. Esto significa que los trabajadores afectados por las suspensiones podrán reclamar sus derechos individuales ante la Justicia del Trabajo.

El texto oficial destaca, asimismo, que las peticiones presentadas por las empresas se ajustan plenamente a los términos del acuerdo marco. Esto garantiza que las condiciones más favorables para los trabajadores afectados son de aplicación, promoviendo así el bienestar de la fuerza laboral involucrada.

FAECyS cerró un importante aumento

Con sólo una reunión de por medio, el Sindicato de Empleados de Comercio logró cerrar sus paritarias el jueves de la semana pasada, llevando el básico del sector a $397.400. La suba rubricada para el último trimestre del año por el gremio de Armando Cavalieri fue del 47%, en tres cuotas. 

Como fue acordada antes de la liquidación de salarios, los trabajadores de FAECyS empezarán a cobrarla desde el próximo mes.

El incremento que firmó FAECyS se efectivizará de la siguiente manera: un 20% con los salarios de octubre (que se cobran el próximo mes); un 13,5% con los haberes de noviembre; y un 13,5% con las remuneraciones de diciembre. 

Del 47%, un 9% es remunerativo al básico de octubre. Mientras que el restante 38% es no remunerativo, y esa parte se cobrará así: 11% en octubre; 13,5% en noviembre; y 13,5% en diciembre.

De esta manera, el nuevo salario básico alcanzará los $397.400 en el último mes del año, lo que en realidad se trata de un piso, ya que a eso hay que sumarle los adicionales.

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